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Socios Medulares


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Rehabilitación Vocacional (personas con discapacidad)

Servicios: Consejería y orientación, Identificación de necesidades, Asistencia en la búsqueda, colocación y retención de empleo, Intérpretes para sordos, entre otros servicios.

Requisitos: A partir de los 16 años se pueden solicitar los servicios. 1) Evidencia médica de la condición física, mental o cognoscitivo e historial de la condición. 2) Tarjeta de Seguro Social, 3) Evidencia de residencia (recibo agua o luz), 4) Si el solicitante tiene tutor autorizado debe asistir a la entrevista.

https://arv.pr.gov

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PathStone (trabajador Agrícola)

Servicios: Está diseñado para ayudar al trabajador agrícola, Evaluación de intereses, Desarrollo de destrezas ocupacionales y Preparación para el empleo

Requisitos: 1) Evidencia de ser trabajador agrícola. 2)Acta de Nacimiento. 3) Seguro Social. 4) Identificación con foto. 5) Registro de Servicio Selectivo (si aplica). 6) Carta de desempleo. 7) Evidencia de cualquier ingreso.

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PathStone (personas de 55 años o más)

Servicios: Servicios de enlace entre el patrono y el solicitante de empleo, Ayudar a los patronos a satisfacer sus necesidades de reclutamiento y Referido a patronos de trabajadores cualificados

Requisitos: 1) Presentar tarjeta de Seguro Social. 2) Una tarjeta de identificación con foto. 3) Resumé.

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Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Negociado de Seguridad de Empleo)

Servicios: Servicios de enlace entre el patrono y el solicitante de empleo, Ayudar a los patronos a satisfacer sus necesidades de reclutamiento y Referido a patronos de trabajadores cualificados

Requisitos: 1) Presentar tarjeta de Seguro Social. 3) Una tarjeta de identificación con foto. 3) Resumé.

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico (pr.gov)

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Título I (Programa Adulto)

Requisitos: 1) Tener entre 18 y 72 años de edad. 2) Si es varón, estar registrado en el Servicio Selectivo Militar conforme a su reglamentación.

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Título I (Programa Trabajador Desplazado)

Requisitos

  • Tener 18 años de edad o más.
  • Ha sido cesanteado(a) despedido(a) o ha recibido una notificación de cesantía o de terminación de empleo; y es elegible para o ha agotado el derecho a compensación de seguro por desempleo; o
  • Ha sido empleado(a) por tiempo suficiente (por lo menos tres meses) para demostrar, a la entidad apropiada en un Centro de Gestión Única, participación significativa en la fuerza laboral, pero no cualifica para compensación por desempleo por no devengar ingresos suficientes o que ha prestado servicios para un patrono que no estaba cubierto bajo la ley estatal de compensación por desempleo; y no es probable que regrese a su industria u ocupación previa; o
  • Ha sido cesanteado(a) o despedido(a) o ha recibido una notificación de cesantía o despido como resultado de un cierre permanente o una cesantía substancial de una fábrica, facilidad o empresa; y está empleado(a) en una facilidad en donde el patrono ha hecho un anuncio general de que la facilidad cerrará dentro de los próximos ciento ochenta (180) días calendario; o
  • Para propósitos de elegibilidad para recibir servicios aparte de los servicios de adiestramiento o servicios de sostén, está empleado(a) en una facilidad en donde el patrono ha hecho un anuncio general de que dicha facilidad cerrará; o
  • Estaba autoempleado(a) incluyendo un empleo como agricultor(a), pescador(a) o ranchero(a), pero está desempleado(a) como resultado de las condiciones económicas generales de la comunidad en que reside o por desastres naturales; o
  • Es un desplazado(a) de tareas domésticas (amas (os) de casa desplazadas(os)). Un (una) desplazado(a) de tareas domésticas es una persona que ha provisto servicios sin paga a miembros de la familia en el hogar que; ha dependido del ingreso de otro miembro de la familia, pero ya no cuenta con este ingreso; y (b) está desempleado(a) o subempleado(a) y experimentando dificultad para obtener un empleo o mejorar en el empleo.
  • Es esposo (a) de un (a) miembro de las fuerzas armadas en servicio activo y ha perdido su empleo como resultado de la relocalización o acomodo por cambio de residencia permanente o temporera  en las órdenes del (de la) miembro; es esposo (a) dependiente y su ingreso familiar se ha reducido significativamente por despliegue, activación, cambio en la estación, muerte de un miembro determinado “service connected” o incapacidad; es desempleado(a) o subempleado (a)  y tiene dificultad para obtener un empleo o ascender en un empleo.

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Título I (Programa Jóvenes)

Servicios: Los participantes del programa reciben servicios tales como desarrollo en habilidades ocupacionales, asesoramiento, asesoramiento laboral, orientación, tutoría, desarrollo de liderazgo y servicios de apoyo, entre otros.

Requisitos:  Jóvenes Fuera de la Escuela – Se considerará un(a) joven bajo la categoría de Fuera de la Escuela si cumple con las siguientes características:

  • Está entre las edades de 16-24 años al momento del registro de determinación de elegibilidad;    El (La) joven puede continuar recibiendo servicios posterior a los 24 años si no ha completado sus metas ocupacionales, ya que el requisito de edad aplica al momento de comenzar a recibir servicios.
  • No asiste a la escuela (de acuerdo a la definición que el estado haya adoptado sobre este término).
  • Cumple con una o más de las siguientes condiciones:
    • Desertor escolar.
    • Un(a) joven que está en la edad de estar compulsoriamente asistiendo a la escuela, sin embargo, no ha asistido a la escuela en el último semestre del año programa escolar.
    • Haya completado un diploma de cuarto año o su equivalente, que sea de bajos recursos económicos y con una de las siguientes barreras:
      • Deficiente en destrezas básicas;
      • En proceso de aprender el idioma inglés;
    • Un individuo que esté sujeto al Sistema de Justicia Juvenil o de Adultos;
    • Un individuo sin hogar; que haya escapado de su casa; esté en un hogar sustituto o esté en edad de abandonar el hogar sustituto; un joven elegible para recibir asistencia bajo la Sección 477 de la Ley del Seguro Social; o un individuo que es colocado constantemente en diferentes hogares sustitutos (in and out-of-home placement);
  • Una joven que esté embarazada o un joven que esté criando menores;
  • Un (a) joven que es un individuo con discapacidades;
  • Individuo de bajos ingresos que requiera asistencia adicional para entrar y/o completar un programa educativo o para conseguir y retener un empleo.

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Título I (Programa Jóvenes en la Escuela)

Requisitos:  

  • Está asistiendo a la escuela, de acuerdo a la definición que el estado haya adoptado sobre este término;
  • No menor de 14 años (excepto un individuo con discapacidad que esté asistiendo a la escuela de acuerdo a una Ley Estatal) y no mayor de 21 años;
  • Individuos de bajos ingresos;
  • Cumpla con una o más de las siguientes condiciones:
    • Deficiente en destrezas básicas;
    • En proceso de aprender el idioma inglés;
    • Ofensor de la ley;
    • Una persona sin hogar (según definido en la sección 41 403(6) de la Ley Federal de Violencia contra las Mujeres, un(a) niño(a) o un (a) joven sin hogar un (a) joven escapado (a) de su hogar, en hogar de crianza o que se pasó de la edad para estar en el sistema de hogares de crianza, un(a) niño(a)Individuo de bajos ingresos que requiera asistencia adicional para entrar y/o completar un programa educativo o para conseguir y retener un empleo. (Según definido en la Circular AMSI, Inc. 2015-P012 Política Pública dirigida a establecer la definición del concepto de Barrera para Asistencia Adicional para el Programa de Jóvenes)., o está dentro de un programa de colocación fuera de su hogar;
    • Una joven que esté embarazada o un (a) joven que esté criando menores;
    • Un (a) joven que es un individuo con impedimento.
  • Individuo de bajos ingresos que requiera asistencia adicional para entrar y/o completar un programa educativo o para conseguir y retener un empleo.

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